Ratificación del Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso en el ámbito del trabajo

Ratificación del Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso en el ámbito del trabajo

ACTUALIDAD   /   24-11-2020   /  A+ | a-

Por María Inés Costilla
Secretaria de Asuntos Legislativos


Desde el Sindicato de Empleados de Comercio celebramos la ratificación del convenio 190 de la OIT sobre la “Eliminación de la violencia y el acoso en el ámbito del trabajo”.

El plenario legislativo contó 241 votos favorables para darle fuerza de ley a la ratificación de este convenio, convirtiendo a la Argentina en el tercer país del mundo en adherirse. Siendo así una de las primeras normas internacionales en darle un marco común para prevenir y combatir la violencia y el acoso en el mundo laboral, considerándolos como una “violación o abuso de los derechos humanos” incompatible con la igualdad y el concepto de trabajo decente, enmarcando la situación dentro de los derechos fundamentales.

El Convenio 190 reconoce que la violencia y el acoso en el mundo del trabajo pueden “constituir un incumplimiento de los derechos humanos, o un abuso respecto de los mismos, y pueden poner en riesgo la igualdad de oportunidades”, lo cual es inaceptable e incompatible para el logro de un trabajo decente. Establece que “la violencia y el acoso constituyen comportamientos, acciones o amenazas cuyo objeto o resultado es provocar daños de índole física, psicológica, sexual o económica”.

Su objetivo es proteger de la violencia y el acoso laboral a trabajadores y empleados en un ámbito amplio, pues la protección se da con independencia de su situación contractual, incluidas las personas que realicen actividades de capacitación, pasantías y formación profesional, trabajadores cuyo contrato se haya rescindido, personas que realicen labores de voluntariado o busquen trabajo, y los solicitantes de empleo. Reconoce incluso que personas que ejerzan autoridad o tengan responsabilidad de un empleador, también pueden ser objeto de casos de violencia y acoso. 

En cuanto a la definición de violencia y el acoso en el “lugar” de trabajo o el “ámbito laboral”, el Convenio también es amplio, va más allá del lugar de trabajo físico tradicional. También abarca los lugares en los que se remunere al trabajador; los sitios donde realice recesos para descansar o comer; las instalaciones sanitarias o cambio de indumentaria; los viajes y desplazamientos; los programas de formación y eventos sociales de índole profesional; las comunicaciones relacionadas con el trabajo; los lugares de alojamiento que proporcione el empleador; y los desplazamientos desde el lugar de trabajo y hasta éste. Es decir, incluye todos los tipos de violencia y todas sus modalidades. Luego, en particular, establece la protección para los casos de violencia por razones de género y sexo, y obliga a los Estados a adecuar su normativa interna a lo dispuesto en el convenio, a establecer mecanismos efectivos de prevención, sanción y reparación y generar políticas públicas destinadas a esos fines.

Desde nuestra organización sindical, hace ya varios años que venimos trabajando en la temática de la violencia en el mundo del trabajo, apoyándonos en la normativa que teníamos vigente, en la fuimos consiguiendo que se dictara para abordar el flagelo, hasta llegar hoy a la ratificación del convenio 190 de OIT.

En nuestro sindicato hubo diversas jornadas de concientización con delegadas y delegados, junta de firmas que se llevaron al Congreso conjuntamente con otros sindicatos, reuniones con legisladores, entre tantas otras acciones; siempre tratando de impulsar el tratamiento de normas que pusieran fin a esta problemática. Instalamos el tema en diversos espacios, tanto públicos como privados, con la finalidad de lograr “un futuro del trabajo basado en la dignidad y el respeto, y libre de violencia y acoso”. (Guy Rider, Director General de OIT).

Es así que desde el 21 de junio de 2019, día en que OIT adopta el Convenio 190 y la Recomendación 206 (que determina los alcances y, en algunos casos, amplía lo dispuesto en el convenio), nos abocamos a empujar la ratificación en nuestro país de dicho Convenio, participando en discusiones, debates, conferencias, hasta que pudimos conseguirlo.
 

Otra vez Mujeres… ¡Lo logramos!
Por Natalia Gonzalez
Secretaria de la Mujer y Protección de la Niñez

Con mucha emoción esperábamos que llegara este día, la causalidad quiso que el 11 de noviembre fuese elegida como fecha en que el Honorable Congreso de la Nación ratifique el Convenio 190 de OIT sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, coincidiendo con aquel histórico 11 de Noviembre de 1951, cuando las mujeres votaban por primera vez en nuestro país.   Aquella victoria había sido gestada por nuestra querida Eva Perón y les abrió la puerta de la participación a la vida política, resultando de aquella elección, a 23 diputadas y 6 senadoras electas por primera vez.
A partir de allí, las voces femeninas crecerían, representándonos en diversos espacios.  Es así como, en la ciudad de Ginebra, en Junio de 2019, un grupo de mujeres sindicalistas, que vienen luchando desde hace más de 20 años, fueron partícipes necesarias para que se apruebe este histórico Convenio.

Pero ese solo fue el principio, debían volver a Argentina, a trabajar para que nuestro país lo ratifique. Con 241 votos positivos, se incorpora a nuestra legislación la defensa, no solo de las mujeres, sino también de las diversidades, ante situaciones de acoso o violencia en el marco laboral, por razones de género.   

Estoy convencida que todo lo logrado y lo que lograremos, es por la resistencia, el empuje, la sororidad y la convicción de que luchar por un mundo sin violencia, sin acoso y sin malos tratos en el trabajo, es posible.   

Sigamos construyendo juntas y juntos, siempre a la par.
 

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