Elecciones: Conocé tus derechos si trabajás este domingo

Elecciones: Conocé tus derechos si trabajás este domingo

ACTUALIDAD   /   12-08-2023   /  A+ | a-
El próximo domingo 13 de agosto los/as argentinos/as concurriremos a las urnas para participar de las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias, a través de las cuales elegiremos a nuestros/as candidatos. Sin embargo, para quienes les toca prestar tarea durante dicha jornada, a la hora de poner el sobre en la urna y/o si toca ser autoridad de mesa pueden entrar algunas dudas. Por eso, queremos contarte cuáles son tus derechos de cara a las elecciones. 

La Secretaría y Subsecretaría de Asuntos Gremiales, que conducen el Cro. Eduardo Wlasiuk y la cra. Rocío Ríos respectivamente, quieren brindarles a todos/as los/as empleados/as de comercio información que puede ser de suma utilidad en caso que nuestro compromiso civil se entrecruce con nuestras obligaciones laborales. 

En primera instancia, es menester destacar que los/as trabajadores/as mercantiles que hayan sido convocados por la Justicia Nacional Electoral tendrán el día laboral, con expreso goce de remuneraciones, a los fines de ejercer el cargo para el cual hayan sido designados.

Esta obligación se encuentra expresamente determinada en el artículo 8 del Código Nacional Electoral: “Electores que deben trabajar. Los que por razones de trabajo deban estar ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores con el objeto de concurrir a emitir el voto o desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del salario ni ulterior recargo de horario.” 

Asimismo, el Art. 84 de nuestro Convenio Colectivo de Trabajo Nro. 130/75, el cual detalla que “el empleador otorgará autorización con goce total de sus remuneraciones al empleado/a que por situaciones o emplazamientos personales con carácter de carga pública, deba comparecer ante reparticiones oficiales, debiendo presentar la certificación fehaciente que lo acredite”. 

Esta obligación de parte del empleador, tiene como contraparte que el/la empleado/a que sea requerido para el cargo anteriormente mencionado, debe presentar el comprobante válido que justifique su rol dentro del acto eleccionario, a fin que se encuentre justificada su ausencia en el lugar de trabajo y no sea descontada la suma de ese día de sus haberes. 

Asimismo, es importante destacar que para quienes deban cumplir tareas laborales en el día de los comicios, este posee derecho a concurrir a sufragar dentro del horario del acto electoral (8hs - 18hs) sin  deducción alguna del salario u ulterior recargo de horario.
 
Si tenés dudas o consultas, comunicate con nuestra Secretaría de Asuntos Gremiales a través de su WhatsApp 1136826116, por mail a gremiales@sec.or.ar, o de forma presencial en sus oficinas de la calle Moreno 625, de lunes a viernes, en el horario de 10 a 18hs.
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